Santa María no regresará a tenencia: Ayuntamiento

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Santa-María-de-Guido

El Ayuntamiento de Morelia no aceptó la recomendación emitida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) en la que se exhortaba a la autoridad municipal a dejar sin efecto el acuerdo de cabildo del pasado 27 de marzo del 2014 en el cual se establecía el cambio de estatus de tenencia a colonia de Santa María de Guido, así lo expuso Jesús Ayala Hurtado, director de Asuntos Jurídicos Municipales y lo confirmó José María Cázares Solórzano, presidente de la CEDH.

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Fue el pasado 22 de mayo cuando el Ayuntamiento de Morelia emitió un documento hacia la CEDH en la que se indicaba que no aceptaba la recomendación de la CEDH, ante tal situación el ombudsman michoacano informó que se estaría al pendiente de ver lo que sigue, “los quejosos (vecinos de Santa María integrantes del Movimiento 7 de abril)  tienen la facultad de trasladar la situación a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) de esta no aceptación, basta con que nos lo soliciten, nosotros enviaríamos todo el expediente a la nacional”, refirió José María Solórzano.

En caso de que los vecinos de Santa María decidan realizar una impugnación, tendrán 15 días hábiles para realizarla, “si los descontentos deciden realizar la impugnación a la negación del Ayuntamiento, tendremos que mandar la situación a la CNDH”, recalcó.

Es de recordar que durante una rueda de prensa del pasado 29 de abril, los integrantes del Movimiento 7 de Abril mencionaron que las recomendaciones de la CEDH son de carácter coercitivo, es decir se tendrían que acatar sin miramiento, sin embargo, el mismo Ombudsman refirió lo contrario, al decir que las recomendaciones son de carácter no vinculatorio.

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Por su parte, Jesús Ayala Hurtado, director de Asuntos Jurídicos Municipales  del Ayuntamiento de Morelia mencionó que los habitantes de la colonia de Santa María de Guido (antes tenencia) acudieron primero al juicio de protección de derechos político-electorales ante el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), “el TEEM no les dio la razón en virtud de que se considera que no se afectan sus derechos político- electorales porque quedan  tienen la libertad de votar y ser votados, no se transgrede su derecho fundamental, cuando no prosperó su queja ante el TEEM acudieron a la CEDH”, mencionó.