Desechan propuesta de derecho de réplica

La Voz de Michoacán. Las últimas noticias, hoy.

Ciudad de México.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desecharon la propuesta sobre eliminar los requisitos de información falsa o inexacta para ejercer el derecho de réplica.
Durante la sesión del Pleno de la Corte, ocho de los 11 ministros emitieron su voto contra la propuesta elaborada por el ministro Alberto Pérez Dayán.
En consecuencia, el caso será retornado a otro de los ministros para que redacte nuevamente el proyecto de fallo en el caso impulsado por las acciones de inconstitucionalidad presentadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) contra la Ley del Derecho de Réplica.
El ministro Presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, Eduardo Medina Mora y el ponente, Alberto Pérez Dayán; fueron los únicos que se pronunciaron a favor de eliminar esos requisitos de la Ley.
Por ello, el ministro presidente levantó la sesión sin informar a qué integrante de la Corte le corresponderá estudiar nuevamente los agravios hechos valer por ambos partidos y por la CNDH.

Antecedentes
El proyecto de sentencia fue encargado al ministro Alberto Pérez Dayán y el 7 de noviembre se resolvieron las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los dos partidos políticos contra la Ley sobre el Derecho de Réplica.
La propuesta, en poder de EL UNIVERSAL, buscaba eliminar del artículo tercero de la ley los requisitos de información inexacta o falsa para hacer valer el derecho de réplica, ante el medio y los tribunales.
“Artículo 3. Toda persona podrá ejercer el derecho de réplica respecto de la información inexacta o falsa que emita cualquier sujeto obligado previsto en esta ley y que le cause un agravio”, establece la norma vigente.
En consecuencia, cualquier persona que se sienta agraviada con relación a información difundida en medios de comunicación podría ejercer el derecho de réplica, sin importar si se trata de datos verídicos.
También, de conformidad con lo requerido por ambos partidos, se establece la posibilidad de que en periodo electoral el derecho de réplica sea ejercido ante autoridades especializadas como el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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