Publican funcionamiento del Consejo de la Cruzada contra el Hambre

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Notimex / La Voz de Michoacán
México, 13 Mar.- La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos de organización y funcionamiento del Consejo Nacional de la Cruzada contra el Hambre.

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El objetivo de estos lineamientos es regular la organización y funcionamiento del consejo, con el fin de generar acuerdos para fortalecer, complementar y, en su caso, mejorar las líneas de acción y cumplir con mayor eficiencia los objetivos de la cruzada.

El documento indica que el consejo estará integrado por un presidente, un secretario ejecutivo y consejeros de reconocido prestigio en los diversos temas relacionados con el ciclo alimentario, el desarrollo social y el combate a la pobreza, provenientes de diversos sectores.

La participación de los consejeros será por un año y podrá ser renovada, previa exhortación del presidente del consejo, hasta por un periodo igual, y serán invitados permanentes los gobernadores de los 31 estados de la República y el jefe de Gobierno del Distrito Federal.

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En el consejo se integrarán comisiones temáticas, que no podrán ser menos de cinco ni más de siete, las cuales tendrán por objeto realizar estudios, investigaciones y análisis relacionados con las funciones del organismo, así como formular propuestas y emitir opiniones sobre temas específicos.

Las comisiones, que contarán con un coordinador consejero y un secretario técnico, deberán tomar en consideración cuando menos las temáticas de generación de ingresos en población en situación de pobreza; alimentación, nutrición, abasto y comercialización de alimentos eficiente y oportuna de las personas en esta situación.

También el acceso a servicios de salud y educación de la población en situación de pobreza; vivienda y dotación de infraestructura social básica; impulso de la producción agrícola en el campo mexicano; fomento de la participación social y comunitaria en la cruzada, y mecanismo de monitoreo, seguimiento y evaluación del programa.

Señala que las sesiones del consejo serán válidas cuando asistan como mínimo la mitad más uno de sus miembros y esté presente siempre el presidente del organismo o su suplente; en tanto que las resoluciones se tomarán por mayoría de votos, y en caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad.

En caso de no haber el quórum establecido, la sesión se verificará entre los tres y 10 días hábiles siguientes, debiendo contar con el mismo quórum señalado.

El documento, integrado por 19 artículos distribuidos en cinco capítulos, expone que la vigencia de estos lineamientos es a partir de su publicación, para su conocimiento, difusión y observancia, en la página de Internet de la Sedesol.