Patrones no deben inscribir a empleados con salario menor al real

La Voz de Michoacán. Las últimas noticias, hoy.

Foto: José Luis Ceja. Es necesario que los patrones no simulen los salarios de los trabajadores, pues constituye una ilegalidad.

José Luis Ceja/La Voz de Michoacán

Sahuayo, Michoacán.-Puesto que la inscripción de un trabajador con un sueldo menor al que perciben realmente constituye una ilegalidad, será posible que en caso de retiro por enfermedad el trabajador solicite una actualización de su salario para efectos de la pensión a que tiene derecho.

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Lo anterior lo señaló Luis Manuel Flores Sánchez, litigante que se ha especializado en la defensa de los trabajadores quien, de entrada, aclaró que el hecho de que un patrón inscriba a un trabajador en el régimen del Seguro Social con un sueldo menor es, por sí sólo una ilegalidad.

Muchas veces los patrones registran al trabajador con una cuota muy diferente al salario real que les pagan; entonces, cuando el trabajador tiene un accidente y se cobra el seguro por el riesgo de trabajo que se incluye dentro del régimen obligatorio por riesgo de trabajo, el trabajador recibe menos dinero porque empieza a cobrar de acuerdo a la cuota con la que fue registrado”.

Existe, dijo el litigante, una suerte de laguna mediante la cual el trabajador puede presentar un recurso de inconformidad para que la precepción que otorga el Seguro Social al trabajador se actualice al salario real que percibe de la parte patronal; este recurso de inconformidad, agregó, puede ser presentado por el trabajador a través de un profesional del Derecho.

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Es importante que la gente sepa esto porque, muchas veces, ni la parte patronal desconoce que puede caer en esta situación y en el momento en que el Instituto (Instituto Mexicano del Seguro Social) detecte esto puede obligar a la parte patronal a que actualice la cuota de inscripción al IMSS para homologarla con el salario real que paga al trabajador, incluso en las semanas previas que tengan cotizadas los trabajadores”.