Aseguran madera en aserraderos de Ichaqueo

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Foto: Cortesía. Se contabilizaron un total de 7,387 piezas de madera con diferentes dimensiones.

Redacción / La Voz de Michoacán

Ichaqueo, Michoacán. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en coordinación con elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y Policía Municipal de Morelia; inspeccionó cuatro aserraderos en la localidad de Ichaqueo, del municipio de Morelia, Michoacán, en donde aseguró un total de 463.68 metros cúbicos de madera de pino, encino, cedro blanco, oyamel y otras hojosas, al no acreditarse su legal procedencia.

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En seguimiento a denuncias ambientales derivadas de tala clandestina en la serranía de San Miguel del Monte, se llevaron a cabo las inspecciones forestales en diversos aserraderos en esa zona, con la finalidad de verificar su legal funcionamiento, almacenamiento y transformación de materias primas forestales maderables.

El personal actuante de la PROFEPA inspeccionó cuatro aserraderos, asegurando precautoriamente madera en rollo y con escuadría (tablas, tablones, polines, vigas, palillo y material celulósico) de pino, cedro blanco, oyamel, encino y otras hojosas.

Se contabilizaron un total de 7,387 piezas de madera con diferentes dimensiones (gruesos, anchos y largos), las cuales cubicaron un volumen total de 103.261 m3 escuadría de madera de pino, cedro blanco y encino; 320 trozos de madera de pino con un volumen de 51.869 m3 rollo; asimismo se aseguró un volumen de 308.55 m3 de material celulósico, es decir leñas, ramas y puntas, base para la elaboración de celulosa y papel.

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Debido a que los inspeccionados no acreditaron la legal procedencia de las materias primas y productos forestales al momento de la visita mediante remisiones y reembarques forestales emitidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), así como Registros de Entradas y Salidas de materias primas forestales, fueron aplicadas medidas de seguridad consistente en el aseguramiento precautorio de la madera, colocando los respectivos sellos de aseguramiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 170, fracción II, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA).