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    Impunidad | 13 Abr, 2025, 19:46

    Exoneran a titular del INM por incendio en estación donde murieron 40 migrantes

    Francisco Garduño Yáñez era señalado por el delito de ejercicio indebido del servicio público, derivado del incendio en la estación migratoria de Ciudad Juárez que provocó la muerte de 40 migrantes la noche del 27 marzo de 2023

    Arved Alcántara / La Voz de Michoacán

    En medio de un contexto de señalamientos por la imperante impunidad en delitos contra migrantes, el Tribunal Colegiado de Apelación del Decimoséptimo Circuito, con sede en Ciudad Juárez, Chihuahua, confirmó por unanimidad la suspensión condicional del proceso penal contra el comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Garduño Yáñez, quien era señalado por el delito de ejercicio indebido del servicio público, derivado del incendio en la estación migratoria de Ciudad Juárez que provocó la muerte de 40 migrantes la noche del 27 marzo de 2023. Otros 28 resultaron heridos.

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    Los magistrados declararon “parcialmente inoperante e infundada” la impugnación promovida por la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, representante legal de ocho víctimas del caso. La organización civil cuestionó la legalidad de la audiencia celebrada en enero por el juez de control Víctor Manlio Hernández Calderón, en la que se concedió a Garduño Yáñez el beneficio de la suspensión condicional como salida alterna al juicio penal.

    Entre los argumentos planteados por la Fundación se señaló que la audiencia debió haberse pospuesto, debido a que aún estaban en curso diversos amparos interpuestos por familiares de las víctimas. Además, se cuestionó que la reparación del daño pactada en audiencia se financiara con recursos públicos y no con fondos personales del comisionado, a pesar de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación en la que se reconocieron violaciones graves a derechos humanos por parte de autoridades migratorias.

    El magistrado Octavio Pineda Toribio, encargado del proyecto aprobado por el pleno, argumentó que el juez de control tenía la obligación legal de llevar a cabo la audiencia, ya que existía una suspensión otorgada previamente a Garduño en un juicio de amparo. Añadió que la falta de sentencia condenatoria no impedía la procedencia de una solución alterna como la suspensión condicional del proceso, y descartó que la fuente del pago de la reparación tuviera efectos jurídicos sobre su validez.

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    Durante la sesión, Pineda Toribio sostuvo que la oposición de las víctimas respecto al uso de fondos públicos no era suficiente para invalidar el acuerdo, y recalcó que el mecanismo se enfoca en asegurar la reparación, no en el origen de los recursos. Precisó que el Estado mexicano autorizó una bolsa de 300 millones de pesos destinada a todas las víctimas del incendio, distribuida conforme a los criterios establecidos en la audiencia judicial.

    El magistrado también indicó que la magnitud de la cifra hacía inviable que el propio Garduño la cubriera de forma individual (…), y señaló que el comisionado, en su calidad de funcionario, había realizado gestiones institucionales para concretar dicha reparación. En ese sentido, justificó que la intervención del Estado mexicano para cubrir el daño no afectaba la legalidad del acuerdo, ni impedía el cierre anticipado del proceso penal mediante la figura jurídica aplicada.

    La Fundación para la Justicia también denunció que el juez no había tomado en cuenta el contexto de violaciones graves a derechos humanos, ni la responsabilidad institucional que el propio Garduño mantenía como titular del INM. La organización sostiene que el uso de la suspensión condicional sin evaluar plenamente ese contexto deja a las víctimas sin justicia penal, y anunció que continuará promoviendo acciones legales en instancias nacionales e internacionales.

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