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    Cultura | 17 Nov, 2020, 13:09

    Diseñadora francesa Isabel Marant pide disculpas tras plagiar gabanes michoacanos

    La creadora francesa negó que tratara de apropiarse de elementos culturales purépechas y, en cambio, dijo que buscaba hacer un homenaje.

    Foto: Especial.

    Redacción / La Voz de Michoacán

    Morelia, Michoacán. Luego de copiar los diseños textiles de los gabanes que confeccionan artesanos de Charapan, Angahuan y Santa Clara del Cobre, en Michoacán, la diseñadora francesa Isabel Marant ofreció disculpas y aseguró que lo que buscaba era rendir homenaje a una “estética a la que está vinculada”.

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    La diseñadora, propietaria de la casa de modas que lleva su nombre, utilizó los modelos que producen artífices michoacanos y que les dan identidad para incluirlos en su colección Otoño-Invierno 2020, sin ningún tipo de reconocimiento a los creadores indígenas.

    Senadores mexicanos acusaron a la diseñadora francesa de plagiar los patrones purépechas y recordaron que es la segunda vez que hace apropiación cultural, al comercializar prendas copiadas de creaciones indígenas, sin ningún tipo de reconocimiento, mucho menos retribución.


    La titular de la Secretaría de Cultura de México, Alejandra Frausto Guerrero, pidió a la diseñadora extranjera explicar con qué fundamentos privatiza una propiedad colectiva, haciendo uso de elementos culturales cuyo origen está plenamente documentado, y cómo su utilización retribuye beneficios a las comunidades creadoras.

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    En respuesta, Isabel Marant envió una carta a la funcionaria, en la que asevera que “le entristece enormemente constatar que su enfoque haya sido percibido como una apropiación cultural, cuando ella quería promover una artesanía”.

    En la misiva, la diseñadora señala que su marca siempre ha deseado estar orientada hacia las culturas y tradiciones extranjeras, por lo que “reinterpreta los códigos de vestimenta con el objetivo de revalorizar y destacar la mezcla cultural”.

    Agradezco la respuesta de Isabel Marant. Para el @GobiernoMX las comunidades deben estar en el centro de cualquier iniciativa. Invitamos a diseñadores internacionales ser aliados en la defensa del patrimonio cultural de los pueblos indígenas, reconociendo su valor y diversidad. pic.twitter.com/kI5XCyHtBD

    — Alejandra Frausto (@alefrausto) November 16, 2020

    “Si la casa Isabel Marant y, con ella, la creadora, han faltado al respeto a comunidad purépecha y a México, a quien usted da voz, le ruega, señora ministra, a usted y al país que representa, que acepten sus más sinceras disculpas”, manifestó la diseñadora.

    La creativa francesa afirmó que, en el futuro, ase asegurará de “rendir homenaje expresamente a sus fuentes de inspiración, manifestando su gratitud a los dueños de las expresiones culturales tradicionales”, y se dijo dispuesta a considerar acciones conjuntas con México.

    Esta es la segunda ocasión en que Isabel Marant es acusada de plagiar diseños textiles indígenas, pues en 2015 hizo lo mismo con prendas de Oaxaca.

    ¿Quién protege a los artífices?

    El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) señaló que la diseñadora francesa Isabel Marant incurrió en plagio de propiedad intelectual y de las expresiones artísticas y culturales de los pueblos indígenas de México.

    Los senadores Casimiro Méndez Ortiz y Susana Harp Iturribarría señalaron a la diseñadora de plagiar los diseños artesanales utilizados por las comunidades indígenas de Charapan, Angahuan y Santa Clara del Cobre en sus vestimentas tradicionales, como sarapes, gabanes, servilletas, fajas y otras prendas de uso cotidiano, para literalmente copiarlos y presentarlos como suyos en una línea de ropa, sin dar crédito a las y los verdaderos creadores.

    Al respecto el artículo 31 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, establece que es un derecho de las comunidades mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales, además de que tienen derecho a desarrollar la propiedad intelectual sobre los mismos.

    Esta es la carta que hice llegar con un posicionamiento conjunto de diversas instituciones del @GobiernoMX, el @senadomexicano y las comunidades creadoras a la diseñadora @isabelmarant, que vuelve a apropiarse de elementos culturales de las comunidades de México pic.twitter.com/l1XxJUt1Go

    — Alejandra Frausto (@alefrausto) November 4, 2020

    Del mismo modo, la Ley de Salvaguarda de los Conocimientos, Cultura e Identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, en diversos artículos del capítulo segundo de los Derechos Colectivos de Propiedad Intelectual, señala que sus conocimientos, cultura e identidad y las manifestaciones materiales e inmateriales que de estos deriven son inalienables, indivisibles e imprescriptibles.

    Esta ley en el artículo 6 reconoce el derecho y la facultad de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a decidir sobre el uso de sus conocimientos, cultura e identidad y las expresiones materiales e inmateriales asociadas a este patrimonio cultural, sin que medie procedimiento administrativo previo para efectos constitutivos.

    Advierte el artículo 11 que cualquier persona que quiera hacer uso comercial o industrial de las manifestaciones culturales no disponibles públicamente, deberá contar con el consentimiento libre, previo e informado del pueblo o la comunidad titular; celebrar el contrato de licencia de uso que incluya los términos de la remuneración justa o el esquema de distribución de beneficios, respetar el derecho de atribución e inscribir el contrato, mismos que no se cubrieron por parte de la diseñadora Isabel Marant al plagiar los diseños purépechas.

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    Ante dichos actos el INPI condenó enérgicamente el plagio porque vulnera el derecho fundamental de los pueblos y comunidades indígenas de conservar y proteger su propiedad intelectual y su patrimonio cultural.

    Los diseños indígenas y sus manifestaciones artísticas son producto de su historia, identidad, conocimientos y cosmovisión, por lo que el uso de terceros sin su autorización constituye un acto violatorio cuyas consecuencias se establecen en el capítulo de Infracciones, Delitos, Competencias y Sanciones de la Ley en la materia.

    El artículo 30 estipula textualmente que “se impondrán de dos a seis años de prisión y multa de cien mil días (de salario mínimo vigente en México) a quien haga apropiación indebida, así como el uso y toda forma de reproducción no autorizados, de cualquier manifestación cultural…” por lo que se implementarán las acciones correspondientes.

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