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    Extracancha | 20 Mar, 2024, 07:30

    La Audiencia de Barcelona deja en libertad a Dani Alves bajo fianza de un millón de euros

    Entre las condicionantes está que el ex del Barcelona y de Pumas tiene prohibido acercarse a menos de mil metros del domicilio de la víctima, su lugar de trabajo y cualquier otro que pueda frecuentar.

    Foto: EFE.

    EFE / La Voz de Michoacán

    Barcelona. La Audiencia de Barcelona ha acordado dejar en libertad provisional al exjugador del Barça Dani Alves, bajo fianza de un millón de euros, a la espera de que sea firme la sentencia que lo condenó a cuatro años y medio de cárcel por violar a una joven en una discoteca.

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    En un auto, que cuenta con el voto particular de un magistrado partidario de mantener al futbolista en prisión, la Audiencia de Barcelona permite a Alves salir de la cárcel si paga la fianza, con la obligación de entregar sus dos pasaportes -español y brasileño-, no salir de España y comparecer semanalmente ante el tribunal.

    El auto también prohíbe al futbolista acercarse a menos de mil metros del domicilio de la víctima, su lugar de trabajo y cualquier otro lugar que pueda frecuentar, así como comunicarse con ella por cualquier medio.

    Tras recibir la resolución de la Audiencia, la defensa del internacional brasileño está tratando de reunir el millón de euros que le exige el tribunal: no podrá salir de prisión hasta que lo deposite en la cuenta del juzgado y se dicte un nuevo auto que acuerde su libertad provisional.

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    La sección 21ª de la Audiencia de Barcelona celebró ayer una vista para resolver la petición de Alves de salir en libertad, a lo que se opusieron la Fiscalía y la acusación particular, por entender que persiste el riesgo de fuga dada su elevada capacidad económica.

    La defensa del deportista solicitó que fuera excarcelado, mientras el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) resuelve los recursos contra la sentencia que lo condenó a cuatro años y medio de cárcel por violar a una joven en el baño de la discoteca Sutton de Barcelona la noche del 30 de enero de 2022.

    En su auto, la Audiencia razona que, tras la condena a cuatro años y medio de cárcel impuesta al acusado, se ha “aminorado” el riesgo de fuga vinculado a la gravedad de la pena y, aunque admite que “persiste” cierto peligro, este puede ser “contrarrestado” con otras medidas, como la fianza impuesta y la prohibición de salir de España.

    Otro de los elementos que la sala ha tenido en cuenta para dejar a Alves en libertad bajo fianza es que “la pena impuesta se ha reducido de forma ostensible” en relación con las que pedían las acusaciones -de nueve a doce años de cárcel- y que lleva ya 14 meses en prisión preventiva.

    A lo sumo, aduce el tribunal, se le podría prorrogar la prisión provisional hasta una vez cumplida la mitad de la condena, pero “difícilmente” habrá sentencia firme en ese período, advierte.

    Según la sala, el condenado, que en la vista de ayer intervino por videconferencia ante el tribunal para garantizar que no huiría si quedaba libre, “ha expresado su firme propósito de permanecer en todo momento a disposición del tribunal”, como “ha hecho desde el inicio del procedimiento”.

    En ese sentido, los magistrados recuerdan que Alves viajó a España, donde actualmente tiene fijado su domicilio, y se entregó “voluntariamente” a las autoridades cuando supo que se le investigaba por violación.

    Tras recordar que el objetivo de la prisión provisional “no puede ser en ningún caso adelantar los efectos de una hipotética pena” porque ello vulneraría la Constitución, el tribunal argumenta que una medida tan gravosa debe ser revisada, una vez dictada sentencia en primera instancia.

    “Cada escenario exige de su propia valoración y exige asimismo la constatación del mantenimiento o, por el contrario, la valoración de las circunstancias”, sostiene la sala, que se remite a una sentencia del Constitucional que establece que el tiempo debe ser considerado “factor mitigador” al acordar una prisión preventiva.

     Uno de los tres magistrados de la sala ha discrepado del criterio de la mayoría y ha emitido un voto particular en el que considera que se debería mantener a Alves en la cárcel, porque el riesgo de fuga “no solamente se han confirmado, sino que se ha reforzado” con la condena y la posibilidad de que esta aumente cuando se resuelvan los recursos.

    En su voto particular, el magistrado Luis Belestá expone que el “horizonte punitivo” que tenía Alves cuando entró en prisión preventiva no ha variado, puesto que las acusaciones continúan solicitando para él en sus recursos entre 9 y 12 años de cárcel.

    También argumenta que Alves “sigue teniendo una gran capacidad económica” -solo su casa en Esplugues fue comprada por cinco millones de euros, detalla-, y que el millón de euros impuesto como fianza es la cantidad que percibe mensualmente un futbolista de alto nivel.

    Además, apunta que “su entorno personal, familiar y de amistades, estas últimas de elevado poder adquisitivo”, hacen viable que le faciliten la salida de España, incluso renunciado al millón de euros depositado como fianza.

    Por ello, recuerda que Brasil no entrega a sus nacionales a otro país sin tratado de extradición y que la experiencia demuestra la “facilidad con que cualquier persona puede eludir los controles fronterizos para colocarse en situación de ignorado paradero”, incluso sin pasaportes.

    El voto particular aduce además que la función de los jueces quedaría “irremediablemente dañada” si no pudiera ejecutarse la sentencia, tras la “ingente” labor de investigación del caso y la “doble victimización” sufrida por la víctima, y advierte de que el futbolista no ha sido sometido a un tratamiento de rehabilitación que garantice que no vuelva a delinquir.

    BarcelonalibertadDani Alvesbajo fianza

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