Más de 71 mil michoacanos están subcontratados; empresas deben migrar sus esquemas de ‘outsourcing’

Cientos de empresas que no actualicen sus modelos de subcontratación serán acreedoras a multas, e incluso podrán ser acusadas de delincuencia organizada.

Foto: EFE.

Maricruz Rios / La Voz de Michoacán

Morelia, Michoacán. Es necesario que cientos de empresas en Michoacán pongan en orden y revisen sus sistemas de subcontratación, ante la entrada en vigor de las reformas a la ley del trabajo en materia de ‘outsourcing’, que vigilarán de forma más cercana las condiciones laborales de unas 71 mil personas contratadas bajo este esquema en el estado.  

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Apuntan especialistas fiscales agremiados a la ANEFAC Michoacán que, de lo contrario, las empresas que no actualicen sus modelos de subcontratación serán acreedoras a multas y sanciones por parte de la autoridad competente, e incluso, en casos extremos, podrán ser acusados de delincuencia organizada.

Desde el pasado 24 de abril en el país está prohibido el ‘outsourcing’ con el propósito de brindar calidad laboral a la clase trabajadora de México y evitar los abusos y violencia para con los derechos de los trabajadores que laboraban bajo este régimen, así como la evasión en el reparto de utilidades e impuestos por parte de empresarios. 

En Michoacán, son 71 mil 88 personas que laboran bajo el esquema de ‘outsourcing’, de acuerdo con el Censo Económico 2019, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la mayor parte en el rubro de comercio.

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Por ello, los especialistas fiscales de la Asociación de Especialistas Fiscales AC (ANEFAC) en la entidad exhortaron a las unidades económicas a no perder de vista las nuevas disposiciones, pues podrían hacerse acreedoras a fuertes sanciones.


TRANSITAR A NUEVO RÉGIMEN

Además de que se deben mantener las prestaciones laborales de ley a las personas que trabajan bajo este esquema, la nueva normativa regula de forma muy puntual de qué forma se emplea el ‘outsourcing’, vigilando sobre todo los casos en que los trabajadores no se desempeñen en actividades propias del fin lucrativo de la empresa que los subcontrata.

El presidente de ANEFAC Michoacán, Javier Eliott Olmedo Castillo, señaló que “ya se está aplicando el nuevo régimen de subcontratación, estamos en un periodo de transición del antes al ahora; implica que las empresas y los contribuyentes que tienen que ver con esta forma de trabajo tienen que hacer una migración a un nuevo régimen”.

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Acompañó con su postura, Francisco Vázquez García, especialista en seguridad social, quien refirió que las implicaciones en este ramo se dividen en dos: las que corresponden a la Ley del Seguro Social, y a la Ley del Infonavit.

Por lo anterior, de no hacer las modificaciones establecidas para ambas normativas, las empresas que continúen haciendo uso de la subcontratación serán acreedoras a sanciones y multas, las cuales serán equivalente al agravio.

“En el primer caso, de no hacer las modificaciones correspondientes habrá una sanción tipificada por no presentar los avisos cuatrimestrales, la información que está requiriendo el seguro social, sanciones más severas a la no presentación o a destiempo”.

Francisco Vázquez García, especialista en seguridad social

Sin embargo, es importante destacar que a pesar de que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), por medio a las reformas aprobadas por el Congreso en materia de ‘outsourcing’, apunta que las empresas sí podrán hacer una subcontratación, mientras la labor desempeñar no esté ligada de manera directa con el fin lucrativo de la empresa, y está catalogada por la reforma como “servicios especializados”. Por ejemplo, una institución bancaria podrá justificar la subcontratación a una empresa de personal de limpieza, pero ésta tendrá también que estar registrada y acreditada por la STPS para desempeñar este trabajo.

Al respecto, el doctor David Misael, miembro de la ANEFAC, mencionó que este tipo de modificaciones podrá estar generando en un futuro la creación de empresas de servicios especializados, para poder seguir ejerciendo un contrato de subcontratación.

Finalmente, el maestro Helgar Barajas reiteró que, de no hacer las modificaciones correspondientes a los contratos del personal, de acuerdo a las reformas aprobadas, las empresas podrán ser sancionadas, por lo las empresas tienen que ponerse al día a la brevedad posible.


¿QUÉ DICEN LAS REFORMAS?

  • Se permite la subcontratación de servicios y obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante
  • Registro obligatorio de empresas de subcontratación especializada ante la STPS, previa acreditación de cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de seguridad social
  • Las empresas que reciban los servicios especializados deberán responder frente a los trabajadores en caso de incumplimiento de su patrón directo
  • Para evitar simulación y defraudación fiscal, se homologan los criterios del Código Fiscal, de la Ley del ISR y la del IVA con la Ley Federal del Trabajo
  • Se endurecen las sanciones para el caso de incumplimiento de cualquiera de las partes
  • Se da un plazo de un mes a partir de la publicación de la reforma para que la STPS emita los lineamientos para el registro de las empresas de subcontratación especializada
  • Publicados los lineamientos, las empresas tienen 3 meses para regularizarse y transferir a sus trabajadores, reconociéndolos como propios y cada 3 años las empresas tendrán que actualizar su registro ante la STPS
  • Se reforma la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para que en el Gobierno Federal ya no exista la subcontratación de personal
  • Se iniciará un proceso de diagnóstico en las dependencias de la Administración Pública para regularizar al personal subcontratado