Te explicamos cómo y cuándo será la apertura de empresas en México

Hay tres etapas consideradas para la reactivación de las empresas. La Secretaría de Economía explica en qué consiste cada una de estas.

Foto: Archivo El Universal.

Notimex / La Voz de Michoacán

Ciudad de México. La Secretaría de Economía publicó los Lineamientos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral, que contiene principios y estrategias sobre las medidas de promoción y protección de la salud, y para el cuidado de poblaciones vulnerables, a considerarse para la elaboración del Protocolo de Seguridad Sanitaria.

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El documento de 31 páginas detalla los lineamientos a aplicar de manera obligada para las acciones y planes para el inicio de las actividades consideradas como esenciales, como ocurre desde el 14 de mayo con la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte.

Asimismo estos lineamientos se constituirán en el referente del resto de las actividades esenciales en las áreas que les resulte de aplicación.

El 14 de mayo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como se establecen acciones extraordinarias.

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Con fecha 15 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se hacen precisiones al citado acuerdo; los lineamientos son un anexo.

Los pasos para la apertura

De ellos destaca que a partir de este lunes 18 de mayo, las empresas e industrias responderán el documento denominado “Autoevaluación del Protocolo de Seguridad Sanitaria”, que está en la página www.gob.mx/nuevanormalidad.

Una vez entregada la “autoevaluación” el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) emitirá un acuse de recibo vía electrónica y un resultado en un plazo no mayor a 72 horas.

Las empresas recibirán notificación del IMSS vía correo electrónico sobre la aprobación, solicitud de ampliación de la información o denegación del protocolo de seguridad sanitaria a los efectos de poder iniciar o no, las actividades esenciales.

En caso de negativa por parte del IMSS las empresas podrán volver a realizar el trámite y el IMSS los asesorará.

¿Cuándo podrán reabrir?

La estrategia consta de tres etapas la primera que inicia este 18 de mayo y comprende los Municipios de la Esperanza, los cuales no tienen contagios reportados por SASR-CoV-2,y ni vecindad con municipios con contagios. Y en estas localidades se dará apertura a toda la actividad laboral.

La segunda etapa se desarrolla entre el 18 y el 31 de mayo y consiste en una preparación para la reapertura. En esta etapa, las empresas o industrias dedicadas a actividades consideradas como esenciales que adopten y validen los protocolos, podrán reiniciar actividades de conformidad con el proceso establecido para tal efecto.

Asimismo, todas las empresas prepararán el proceso de implementación de sus protocolos para el reinicio seguro de actividades laborales, incluido en estos lineamientos.

Mientras que la tercera etapa será el 1 de junio, cuando iniciará la reapertura socio-económica mediante un sistema de semáforo de alerta sanitaria semanal por regiones (estatal o municipal) que determinará el nivel de alerta sanitaria y definirá qué tipo de actividades están autorizadas para llevar a cabo en los ámbitos económico, laboral, escolar y social.

De esta manera, la Secretaría de Economía, en conjunto con la Secretaría de Salud y el IMSS buscan iniciar una reapertura, gradual y cauta de las actividades laborales.

El Acuerdo establece que si el proceso se logra concluir y se aprueba antes del 1 de junio de 2020, la empresa o industria correspondiente dará inicio a sus operaciones, pero en caso de incumplir se procederá a la clausura que pongan en riesgo la salud de sus trabajadores.

Así funciona el semáforo

El semáforo de la contingencia mostrará el grado de alerta por la presencia de COVID-19, y semanalmente se anunciará el color en el que se encuentra cada estado.

Cuando está en rojo sólo se podrán realizar actividades esenciales, a las cuales se agregan minería, construcción y fabricación de equipo de transporte.

En el semáforo naranja ya se podrán realizar ya algunas actividades no esenciales, y en el espacio público se podrán hacer actividades pero de manera reducida.

Las personas vulnerables podrán incorporarse a las actividades laborales pero con máximo cuidado, con espacios exclusivos para sus alimentos, cambio de ropa, etc.

Cuando el semáforo esté en amarillo ya podrán reanudarse actividades no esenciales sin restricción. En el espacio público abierto habrá menores restricciones, y espacios públicos cerrados como museos, restaurantes, cines, se tendrán mayores medidas.

El cuidado de personas vulnerables será moderado, con semáforo amarillo.

Mientras que ya cuando el semáforo sea verde no hay restricciones. Pero, la medida que se pide independientemente del color de semáforo es mantener la sana distancia y el constante lavado de manos, así como uso de gel sanitizante.