El abandono de un perro se equipara a maltrato animal y se castiga, ¿qué dice la ley en Michoacán?

Ante el caso de una perrita abandonada en un domicilio de Morelia, este castigo tendría quien resulte responsable, según las modificaciones al respecto en el Código Penal de Michoacán hechas en noviembre pasado.

Foto: captura de video.

Redacción / La Voz de Michoacán

Morelia, Michoacán. Este sábado, a través de una denuncia ciudadana, este medio de comunicación dio a conocer un caso de abandono de una perrita en Morelia; de acuerdo con la legislación vigente en Michoacán, este hecho es equiparable al delito de maltrato animal y tiene castigo.

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De acuerdo con la denuncia, a la perrita la dejan sus dueños abandonada durante la semana en la cochera de un domicilio ubicado en la calle Andrés Molina Enríquez, Rinconada de Tiníjaro, sin techo, agua o alimento, y los vecinos son quienes ayudan al animal dándole de comer, aunque señalan que es malo su estado de salud.

¿QUÉ DICE LA LEY VIGENTE?

En noviembre pasado, la 75 Legislatura del Estado aprobó reforma a los artículos 309 y 311 del Código Penal de Michoacán, estableciendo que “comete delito de crueldad a quien inflige daño físico a un animal que no constituya plaga ni peligro para la salud o vida humana, con el único fin de lastimarlo o privarlo de la vida”.

En este nuevo ordenamiento jurídico se establece que es equiparable al delito de maltrato animal cuando el propietario, poseedor o responsable, abandone un animal, lo deje en situación de desamparo en la vía pública, en lugares de alto riesgo o en el propio domicilio; cuando se realice cualquier acto sexual con animales no humanos, por gusto, placer o atracción hacia éstos y cuando se utilicen como objetos sexuales, entre otros casos.

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¿CÓMO SE CASTIGA?

Con las reformas, a quien sea responsable del delito de maltrato animal se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y de cincuenta a quinientos días de multa.

Y con el cambio en el artículo 309, la pena aumentará hasta en una mitad de la máxima cuando las lesiones que resulten del daño físico infligido pongan en riesgo la vida del animal, incluido el envenenamiento, o el sujeto activo capture en imágenes, fotografías, videograbaciones o por cualquier medio el daño físico infligido.

En lo que respecta a la reforma al artículo 311, se castigará con uno a dos años de prisión y con veinte a doscientos días de multa a quien comete el delito de maltrato, en el ámbito doméstico o laboral cotidiano, realice actos abusivos o negligentes, u omisiones que menoscaben el bienestar o la integridad física de cualquier animal que no constituya plaga o peligro para la salud o vida humana.

¿DÓNDE DENUNCIAR?

Para denunciar un caso de maltrato animal, la Fiscalía General de Michoacán (FGE) tiene a disposición el número telefónico 443 322 3600 Ext. 1552 o a través del sitio fiscaliamichoacan.gob/deuncia.

La FGE especifica que las formas de maltrato animal son:

  • Infestación de animales como pulgas y garrapatas
  • Tenerlos sin agua y alimento
  • Mantenerlos atados durante mucho tiempo
  • Dejarlos a la intemperie rodeados de heces, basura o desperdicios
  • Confinamiento en jaulas o compartimentos demasiado pequeños o compartidos con más animales
  • Confrontarlos por diversión
  • Falta de aseso
  • Enfermedades sin tratamiento médico