Por usurpación, presenta Sindicato de Profesores de la Michoacana querella legal contra el “comité interino”

El SPUM va contra “interinos”, ya que la dirigencia de este gremio denunció ante la Fiscalía estatal al autodenominado “Comité Ejecutivo” por usurpación

Jorge Luis Ávila Rojas, líder del SPUM, durante una reunión con el gobernador Silvano Aureoles. Foto, archivo.

Juan Bustos / La Voz de Michoacán

Morelia, Michoacán. El Comité Ejecutivo General del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana informó este miércoles que presentó una querella jurídica en contra de quienes se han ostentado durante varios meses como el ‘Comité Ejecutivo General Interino del SPUM’.

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Ayer, a través de un documento, la dirigencia gremial hizo del conocimiento a sus miembros afiliados, autoridades universitarias, así como la comunidad universitaria en general, la presentación de este recurso que se da cuatro meses después de que una fracción del gremio reclamó la supuesta inacción del Comité Ejecutivo que encabeza Jorge Luis Ávila Rojas.

La dirigencia expuso que la denuncia ante las instancias legales correspondientes fue presentada el pasado martes 6 de julio del 2021 ante el Fiscalía General del Estado de Michoacán, entre los hechos, actos, y conductas constitutivas de delito, determinados y tipificados en el Código Penal del Estado de Michoacán, en perjuicio de Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana.

Denuncia, ante la FGE

Entre los conceptos que se enuncia son la usurpación de identidad jurídica de los órganos de dirección del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana; Falsificación y /o alteración de documentos considerados oficiales, por la declaración de principios estatutarios del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana y el uso indebido de un supuesto derecho de representación, en perjuicio de los afiliados al Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana, entre otros.

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“El Comité ejecutivo General del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana 2018-2021, legalmente constituido, elegido por votación democrática de sus afiliados el 12 de noviembre de 2018, en todo momento ha llamado al diálogo, confrontar ideas y propuestas, pero jamás bajo la sombra de la presión, del condicionamiento y del chantaje mediático”, dijo.

Es importante señalar que desde marzo pasado Jorge Luis Ávila Rojas, líder del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM), señaló que su representación es la que tiene su toma de nota ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) y que la elección de un nuevo comité carece legitimidad, además de que calificó de minoritaria a la expresión que la impulsa.

Cabe recordar que la elección de un nuevo comité interino en aquella fecha no cuenta de reconocimiento ante la JLCA e incluso de las mismas autoridades universitarias, que siguen dialogando con la representación que encabeza Ávila Rojas y surge de un problema político interno que originó una división ante inconformidades.

Inconformidad, origen del cisma gremial

En aquel momento, el dirigente expuso que el estatuto sindical del SPUM señala en sus artículos 14, 18 y 26, que solamente el Comité Ejecutivo General (CEG) del SPUM es quien puede convocar al Consejo General (CG). Además, sólo el Consejo General (CG) es la autoridad sindical que estatutariamente puede convocar a un Congreso General de Representantes (CGR).

El Consejo General (CG) está conformado por 100 personas; 88 representantes de 44 secciones sindicales y 12 miembros del Comité Ejecutivo General (CEG) del SPUM. El Congreso General de Representantes (CGR) lo debe instalar el Secretario General del Comité Ejecutivo General.

Jorge Luis Ávila detalló que para ser instalado se debe de contar con un listado de socios, su actualización y presentación es responsabilidad del Secretario de Organización del Comité Ejecutivo General del SPUM, el cual debe contar con las actas seccionales originales con las firmas de los que asistieron a la reunión presencial, en las que se da cuenta de quienes son los representantes de cada sección.

Indicó que la Comisión Autónoma de Vigilancia, sin relación alguna con el Comité Ejecutivo General del SPUM, tiene funciones importantes a realizar en la convocatoria e instalación de los trabajos de un Congreso General de Representantes, entre estos, destacan certificar el quorum, y no son miembros del Congreso General de Representantes y no tienen voz ni voto.

Es importante recordar que las negociaciones con las autoridades se han seguido sosteniendo con la representación de Jorge Luis Ávila Rojas, en contraste con que autodenominado Comité Interino sigue sin tener reconocimiento ni de la Junta Local ni de la autoridad universitaria.