Sancionarán a partidos políticos por no quitar propaganda electorales

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Foto: Víctor Ramírez. Este jueves, venció el plazo definitivo que tenían todos los partidos políticos, candidatos y candidatas, para que retiraran en su totalidad la propaganda.

Oscar Mendoza/La Voz de Michoacán

 

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Morelia, Michoacán. Este jueves, venció el plazo definitivo que tenían todos los partidos políticos, candidatos y candidatas, para que retiraran en su totalidad, la propaganda electoral que colocaron y distribuyeron durante los 45 días del periodo de campañas en busca del voto ciudadano, y para lo cual, el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) implementará mecanismos a fin de sancionar a quienes incumplieron la norma.

En entrevista, Humberto Urquiza Martínez, consejero electoral indicó que desde el pasado 28 de junio, cuando inició el periodo de veda electoral, la propaganda proselitista en espectaculares, mantas, bardas, impresiones en unidades del transporte público, volantes y lonas, tuvo que comenzar a ser retirada de manera paulatina y desde el 2 de julio, se corrió correr el plazo de 30 días posteriores a la jornada electoral para que los partidos y candidatos removieran su publicidad toda vez que de no hacerlo, serán los Ayuntamientos quienes se encarguen de limpiar su municipio de la imagen y logotipos de los aspirantes a un puesto de representación popular a costo de las prerrogativas de los institutos políticos además de las sanciones por no acatar el Código Electoral de Michoacán.

Luego de que este miércoles venciera el plazo, el consejero recordó que, los partidos que no cumplieron con esa obligación, establecida en las leyes electorales, la cual era su responsabilidad, los ayuntamientos podrían a través de sus direcciones de limpia y/o mantenimiento, proceder con el retiro de toda la propaganda con cargo a las prerrogativas partidistas.

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El no retirarla ya es un incumplimiento que implicaría un procedimiento administrativo en contra del partido y ahí habría que ver dependiendo la posibilidad de una sanción que podría ser económica, una amonestación, administrativa o de algún otro tipo”, explicó el funcionario electoral.

Sobre los mecanismos para que el IEM conozca si el retiro de la propaganda electoral se llevó a cabo o no en las bardas, perímetros y espacios públicos asignados legalmente por el Instituto en cada municipio, Urquiza Martínez refirió que será a través del personal de los órganos desconcentrados (comités municipales y distritales) que se compruebe si la publicidad proselitista fue removida.

Sin embargo, el consejero electoral aclaró que, en el caso de los domicilios particulares y propiedades privadas, no procedería esa sanción porque ahí podrían existir otros factores como la ideología de los propietarios o sus afinidades políticas, incluso, la utilización de lonas y otros materiales con fines ajenos al proceso electoral y en los que el IEM no puede prohibir que se exhiba la cara de algún candidato o los colores de los partidos.

En estos casos, hay que recordar que ellos debieron tener una autorización y si la tuvieron ahí sí es de cada ciudadano dejar en su predio, en su casa o en su propiedad la propaganda que quiera para sus propios fines”.

Sobre el pasado proceso electoral de 2015, Urquiza Martínez indicó que el 90 por ciento de la propaganda electoral que fue colocada se retiró en el periodo establecido por la ley el cual también fue de 30 días posteriores a la contienda.