Colegio de Abogadas de Michoacán |Activismo feminista en el derecho

Es un deber mencionar a la activista Refugio “Cuca” García (1889-1973) quien era profesora, sufragista y feminista originaria del estado de Michoacán, destacando en el activismo político, integrante del Partido Socialista Michoacano (1917), organizó el Departamento Femenil del PCM, con un programa en defensa de las trabajadoras.

Norma Elizabeth Alfaro Leal

Es necesario conocer la historia del activismo, su alcance y trascendencia en el derecho; cuando Olympia de Gouges, publicó su Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana en 1791 frente a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano proclamada después de la Revolución Francesa, nunca imaginó que se ordenaría un juicio contra ella, que la sentenciaría a morir en la guillotina en 1793. Este hecho que en la actualidad evidenciaría todas las violaciones a los derechos humanos, en su momento lleva a la luz la discriminación y violencia hacia la mujer.

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Como orígenes del feminismo, señala el activismo y su alcance en la práctica jurídica, que las primeras mujeres abogadas manifestaron su inconformidad ante el hecho de que las leyes de esa época estaban concebidas para los hombres; como Mary Wollstonecraft, quien publicó en el libro “Vindicación de los derechos de la mujer” en 1792, que aborda la inclusión de la mujer en los principios universales de la Ilustración, así como la aplicación del principio de igualdad, la educación y la emancipación de los prejuicios.

María Asunción Sandoval (1876), fue la primera mexicana en obtener el título de licenciada en derecho, cursando la carrera en la Escuela Nacional de Jurisprudencia entre 1892 y 1898, siendo una de las primeras mujeres en participar de manera activa en la discusión sobre el papel de la mujer en la vida pública del país y su ejemplo sentó precedentes para que más mujeres pudieran acceder a la educación superior en México.

El feminismo en nuestro país, se torna en diversas áreas y ámbitos, pero destaca la libertad de expresión, ejemplo es, la revista “Violetas del Anáhuac” que Laureana Wright fundó en 1887 y que representó la primera revista feminista en México con contenido científico y literario. Wright cambió el paradigma femenino, con su producción literaria en la educación femenina, trató temas como el sufragio femenino y la equidad entre hombres y mujeres.

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Es un deber mencionar a la activista Refugio “Cuca” García (1889-1973) quien era profesora, sufragista y feminista originaria del estado de Michoacán, destacando en el activismo político, integrante del Partido Socialista Michoacano (1917), organizó el Departamento Femenil del PCM, con un programa en defensa de las trabajadoras. Fue candidata a diputada federal por el distrito de Uruapan (1937), elección que ganó, pero no se le permitió asumir el cargo por ser mujer; como ella cientos de mujeres no se les ha permitido acceder a puestos de elección por ser mujer, el activismo ha llevado estos casos a la luz pública, a los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que forma parte de la observancia de la Política Nacional en Materia de Igualdad entre Mujeres y Hombres, y en la actualidad realiza el monitoreo legislativo y, a partir de éste, se elaboran reportes sobre cómo se encuentran regulados los derechos de las mujeres.

Ante la realidad de desigualdad en México, el activismo del feminismo, como defensa de los derechos humanos y su influencia en la práctica jurídica, tiene metas a corto y mediano plazo, ya que visibiliza a las mujeres, así como su aporte en la sociedad pues al “reconocer y nombrar, otorga existencia social, y la existencia es un requisito para la autovaloración y para la reivindicación”.

Es el activismo que mediante colectivos feministas liderados por mujeres abogadas defensoras de derechos humanos de las mujeres, denuncian estereotipos de género, raza, procedencia étnica y edad, cuando las normas aplicadas reflejan la creación de normas generales; un ejemplo referencial, es la acción de inconstitucionalidad 215/2020, donde a través de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la corte suprema de justicia de México, sentencia el funcionamiento de los centros de atención y cuidado infantil, que en porciones normativas limitaba el servicio al cuidado solo de madres; es decir, acciones normativas dirigidas a regular una prestación para el goce de derechos, regulada con estereotipo de género. Son precisamente los estereotipos los que han colocado al hombre en el papel de proveedor y a la mujer como responsable de las labores domésticas y de crianza de los hijos. Acciones que se ven combatidas gracias al activismo feminista, que se ha hecho cargo de visibilizar las acciones violatorias, discriminatorias para de prevenir y contrastar los efectos perjudiciales de los estereotipos sociales, sobre todo si estos efectos se manifiestan en la violación de derechos humanos y en las obligaciones de las autoridades por no ejercer sus facultades bajo estereotipos de manera explícita o implícita, hay mucho por hacer, pero existen grandes mujeres trabajando para ello.