El derecho laboral y la empresa

Así como el Estado garantiza el importe de pago de salario que todo trabajador tiene derecho a recibir, la ley consagra los deberes que el empresario está obligado a cumplir a efecto de ponderar el respeto a la dignidad e integridad humana del trabajador.

Tania Haidée Torres Chávez

Nuestro país es precursor en el reconocimiento del derecho del trabajo, aunque a lo largo de la historia ha existido una constante lucha por parte de la clase trabajadora para el reconocimiento de sus derechos y la obtención de un trato digno e igualitario. Desde este contexto, es importante reflexionar sobre la importancia de ponderar los derechos y las obligaciones que les corresponden a los sujetos que intervienen en toda relación de trabajo.

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Es pertinente recordar que la Revolución Mexicana de 1910 tuvo una significativa participación de la clase trabajadora, lo que dio como resultado que el Constituyente de 1917 decidiera incorporar en el texto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgada el 5 de febrero de ese mismo año, el artículo 123, que desde esa fecha hasta ahora consagra el derecho del trabajo, cumpliendo así con una justa demanda social que aún sigue vigente y clama el mejoramiento de las condiciones de trabajo para quienes constituyen uno de los pilares del proceso de producción: las personas que integran la clase trabajadora.

En la actualidad el mencionado artículo 123 se divide en dos apartados: el A, que regula las relaciones de obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y en general de todas las personas que trabajan para el sector privado o empresas descentralizadas; y el B, que consagra las condiciones de trabajo de los trabajadores al servicio del Estado. A su vez, la Ley Federal del Trabajo, reglamenta el apartado A, mientras que el apartado B se reglamenta con la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y las Leyes de los Trabajadores al Servicio del Estado que hayan sido promulgadas en cada una de las entidades federativas del país.

Tomando como punto de partida a los trabajadores que reglamenta el apartado A de nuestra Carta Magna, es necesario enfatizar que gozan de prestaciones que el patrón está obligado a otorgarles, esto es, tienen derecho a una jornada de trabajo digna y socialmente útil, a descansos, tanto semanal, como obligatorio y prolongado, así como a un salario justo y remunerador que les permita dar satisfacción a sus necesidades tanto personales como familiares.

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Respecto al salario mínimo, fijado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI), la clase trabajadora ha logrado un incremento sustancial en los últimos años, teniendo aprobada a la fecha la cantidad de 248.93 pesos diarios, lo que equivale a decir que ninguna persona que trabaje en el país puede ganar menos de esa cifra por día de trabajo. Esto a su vez impone la obligación al empresario de respetar el importe mínimo de pago por concepto de salario a cada uno de sus trabajadores.

Así como el Estado garantiza el importe de pago de salario que todo trabajador tiene derecho a recibir, la ley consagra los deberes que el empresario está obligado a cumplir a efecto de ponderar el respeto a la dignidad e integridad humana del trabajador. En ese sentido se hace necesario reflexionar sobre la reciprocidad que debe existir por parte del trabajador, relativa a su actitud comprometida, responsable, con esmero y dedicación en el desempeño de su trabajo, pues solo así será posible el progreso económico del país, conjugando esfuerzos tanto del empresario como del trabajador,  ya que es imposible omitir que en la producción de bienes o servicios que se genera desde la empresa, es esencial la participación tanto del sector productivo como del laboral, buscando la armonización de sus derechos y prerrogativas, en aras de alcanzar un verdadero y auténtico beneficio común, ya que el capital y el trabajo representan la base de todo proceso productivo.

Si bien es cierto debe respetarse y protegerse a la persona que ejecuta el trabajo, garantizando en todo momento su dignidad, seguridad e integridad, también es necesario que el patrón cuente con una plantilla de personas que contribuyan a la eficiencia, calidad y excelencia del proceso productivo, lo que a su vez redundará en el crecimiento económico del país, y permitirá una mejor interacción de las personas, en donde imperen relaciones pacíficas y armónicas que les proporcionen la tan anhelada felicidad.

El trabajo representa una de las principales formas a través de las cuales se logra el progreso personal, seamos conscientes de su importancia y valía, reflexionemos sobre el cúmulo de beneficios que nos proporciona y tratemos de ejecutar de la mejor forma el rol que nos corresponde, sea como trabajadores o patrones, pero cumpliendo de la mejor forma la normatividad que consagra nuestros derechos y obligaciones, teniendo siempre presente que ambos (trabajadores y patrones) constituyen un binomio indisoluble para el progreso nacional.