Los delitos de la esposa de Abarca

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pineda2María de los Ángeles Pineda Villa, esposa del ex alcalde de Iguala, José Luis Abarca fue trasladada el lunes al penal federal de El Rincón, en Nayarit tras permanecer bajo arraigo en la ciudad de México durante 60 días.

Testimonios presentados por la Procuraduría General de la República señalaban directamente a la ex primera dama de Iguala como responsable de dar la orden para secuestrar a los normalistas de Ayotzinapa el 26 deseptiembre de 2014, Pineda Villa no enfrenta actualmente cargo alguno por ese hecho.

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Según informó Tomás Zerón de Lucio, el director en Jefe de la Agencia de Investigación Criminal de la PGR la esposa del ex edil fue recluida en Nayarit por “su probable responsabilidad en la comisión” de los delitos:

*Delincuencia organizada “con la finalidad de cometer delitos contra la salud”
*Operaciones con recursos de procedencia ilícita ("lavado" de dinero)

La dependencia federal también informó que se investigan los presuntos nexos de Pineda con el cártel de los Beltrán Leyva y con el grupo delincuencial "Guerreros Unidos".

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¿Qué pena alcanzaría?
Por "lavado": En México el "lavado" de dinero se encuentra tipificado en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal como el delito de “Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita” y se encuentra contemplado dentro del catálogo de delitos graves de conformidad con el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad.

Según dicho artículo la pena inicial por “lavadosería de 5 a 15 años de prisión (y de mil a 5 mil días de salario mínimo), en el caso de servidores públicos y funcionarios la sanción aumenta desde un tercio hasta en una mitad y se duplican cuando tales empleados gubernamentales son encargados de algún sector de impartir seguridad.

Por delincuencia organizada y delitos contra la salud: Las penas pueden ir desde 15 a 40 años de prisión y de 400 a mil 200 días de multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten a quien intencionalmente realice actos en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados. También estas sanciones aumentan, dependiendo de las agravantes de ser funcionarios o empleados públicos y la modalidad de participación en el delito, según lo previsto en el código penal federal.