Médicos de Nuevo León podrán negar servicio a comunidad LGBTI y más casos que vayan contra sus principios

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Redacción/ La Voz de Michoacán

 

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Monterrey. El Congreso de Nuevo León aprobó la reforma de ley de salud que le permitirá a los prestadores de este servicio hacer valer la "objeción de conciencia" para brindar o no el servicio médico.

Lo que implicará que de acuerdo al criterio del médico, éste pueda negar el servicio a la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI), de igual forma se puede negar a practicar un aborto o alguna otra actividad que no sea acorde a sus valores.

La objeción de conciencia es el derecho consistente en la negativa a realizar determinados actos o servicios derivados de una orden de autoridad o de una norma jurídica cuando éstos contradicen los propios principios éticos o morales” explica el comunicado emitido por el Congreso.

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Fue la Comisión de Salud y Atención a Grupos Vulnerables la que presentó la propuesta que deja la puerta abierta para negarse a dar el servicio, sin que ello sea considerado una violación a los derechos del paciente, ni signifique una sanción legal.

El ajuste a la fracción IV que se adiciona al artículo 48 de la Ley Estatal de Salud es el siguiente:

“IV.- el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Estatal de Salud, podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la presentación de servicios que establece esta ley”,

Organizaciones de la comunidad LBGT, así como de  feministas y defensores de derechos humanos han mostrado su rechazo a la reforma y se han manifestado en el Poder Legislativo local.