Liberan a 40 autodefensas en Michoacán

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Foto: Las Voz de Michoacán. Los grupos de autodefensas surgieron en 2014 para rebelarse a los Caballeros Templarios.

Arturo Molina/ La Voz de Michoacán

 

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Michoacán. Un total de 40 ex autodefensas  quedaron puestos en libertad este 13 de febrero de los Centros de Readaptación Social de Tacámbaro y del David Franco Rodríguez en el municipio de Charo por los delitos de portación ilegal de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, cargos que pagaban desde el año 2014 en que fueron detenidos y sentenciados por autoridades estatales.

El Juzgado 4 de Distrito de Decimo Primer Circuito del Poder Judicial de la Federación ordenó la “inmediata y absoluta libertad” de los sentenciados, Miguel Flores Vázquez, Rodolfo Buñuelos Buñuelos, Baltazar Torres Serrano, Rodolfo Ramírez Millán, Gerardo de Jesús Peñaloza Espino, Orbelin Mejía Pacheco, Lázaro Medina Palacios, Andrés Hernández García, José Luis López Urrutia, Ulises Gutiérrez Cornejo, Héctor Roberto Siana Alvarado, Dámaso Medina Flores, Luis Alfredo Ramírez Díaz, Uriel Mejía, lo anterior al no ser penalmente responsables de los delitos de portación de armas de fuego del ejército y portación de armas sin licencia como se manifestó en la sentencia previa.

Asimismo, Belisario Chávez López, J. Cruz García Salgado, Ever Duarte Hernández, Virgilio Conejo Chávez, Virginio Conejo Chávez, Jaime Goyturtuo Ollervides, Arturo Padilla Flórez, Luis Miguel Cruz Aguilar, Javier Herrera Hernández, Pablo Duarte González, Vianey Ramírez Ramírez, Carlos Mario Ramírez Álvarez, Carlos Rafael Conejo Chávez, Ramiro Alvarado García, Ramiro Doval Solorio, quienes tampoco son responsables de los delitos antes mencionados con agravantes previstas en el artículo 83 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

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El proceso penal 46/2014-II determinó que se resolviera la sentencia anterior en favor de los 40 ex autodefensas de diferentes municipalidades encarcelados desde el año 2014 en diferentes prisiones estatales.

No son responsables de la Comisión del delito de Portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, establecido en el párrafo inicial del artículo 83, en relación con el numeral 11, incisos c) y d), penalizado en la fracción III, del primero de los citados dispositivos legales invocados, todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos”, señala el documento al que tuvo acceso La Voz de Michoacán.

Estos 40 casos se suman a los cientos de ex autodefensas que han sido liberados desde el año 2016 a raíz de la determinación del gobierno del estado de erradicar estos grupos y dotar a las fuerzas rurales de identidad jurídica en los municipios.

De este grupo, aún resta el caso de otro autodefensa cuyo caso no ha sido resuelto por el juzgado federal, quien enfrenta los mismos delitos de portación de armas de uso exclusivo del ejército y la armada mexicana.

Para más información consulta la edición impresa de este 18 de febrero de 2018.