¿Cómo se imparte justicia en adolescentes? El equilibrio entre sancionar y educar: juez de Michoacán

Solo se priva de la libertad como último recurso, hay un «abanico de posibilidades» de sanciones para adolescentes.

Foto: cortesía

Redacción / La Voz de Michoacán

Morelia, Michoacán. En el podcast de “El arte de lo bueno y lo justo” del Poder Judicial de Michoacán, el juez de oralidad penal de Morelia, Fernando Sánchez Martínez, relata la necesidad y la importancia del sistema de justicia para adolescentes. Para los efectos del sistema, es una persona de más de 12 años y menos de 18 años.

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En un principio, el sistema de justicia era igual para adolescentes y para adultos, con la única diferencia de la temporalidad con la que se aplicaban las sanciones. Sin embargo, esto no contemplaba sus situaciones específicas de desarrollo, por lo que se creó un sistema tutelar.

“En ese sistema tutelar lo más esencial era trabajar con ellos con medidas educativas. Es decir, de haber sido exclusivamente sancionador, pasó a ser exclusivamente educativo.” Este sistema fracasó, por lo que se buscó un equilibrio entre sancionar y educar.

A partir del 2005, se reformó la Constitución Política en su artículo 18 introduciendo las bases elementales para normar un sistema de justicia para adolescentes que fue adaptándose desde la constitución local de cada estado.

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Como variaban los años de prisión de entre 5 hasta 20 años en los distintos estados, se creó la necesidad de una legislación uniforme mediante la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Así, se estandarizaron a nivel nacional las formas del procedimiento y el tipo de medidas que se aplican a los adolescentes desde el año de 2016.

“Los adolescentes tienen derecho, por un principio de celeridad, a que sus casos se resuelvan lo más pronto posible. Este derecho impacta en la reducción de plazos de juzgamiento y, a pesar de que la estructura es la misma que la de los adultos, la diferencia es la disminución de la duración del procedimiento”, comentó el mandatario.

Otra de las diferencias es las medidas que se aplican, ya que para los adultos son esencialmente la privación de la libertad por regla general y para los adolescentes hay un “abanico de posibilidades”, como la prohibición de conducción de vehículos, la prohibición de portación de armas y los internamientos domiciliarios.

Solo se priva de la libertad como último recurso a personas de más de 14 años que han cometido delitos graves como homicidios, secuestros o violaciones. “El internamiento como medida de sanción a la edad del adolescente puede generar más perjuicios que beneficios, porque evidentemente una persona en detención no tiene las mismas posibilidades de crecimiento y desarrollo”, explicó el juez.

La lógica del sistema opera desde la consideración de que son personas en desarrollo y pueden modificar el comportamiento ya que no tienen procesos tan arraigados como un adulto. Como son personas en desarrollo se implica la posibilidad de trabajar con ellos, “a través de tratamientos puedan internalizar que los comportamientos contrarios a la ley no son de recibo en la sociedad”.