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    Michoacán | 2 Abr, 2025, 14:37

    Aprueban diputados prohibición de corridas de toros y eventos con violencia contra animales, excepto peleas de gallos

    Con 19 votos a favor, 9 en contra y 8 abstenciones, se aprueba el decreto que entrará en vigor un día después de que se publique en el Diario Oficial del Estado de Michoacán.

    Foto: Víctor Ramírez, La Voz de Michoacán.

    Juan Carlos Huante / La Voz de Michoacán

    Morelia, Michoacán. Con 19 votos a favor, 9 en contra y 8 abstenciones, el Congreso del Estado de Michoacán aprobó el dictamen que prohíbe las corridas de toros y la pelea entre animales en el territorio estatal; se exceptúa la charrería y jaripeos, y también se mantienen las peleas de gallos, aunque implique derramamiento de sangre, uno de los aspectos que incluye la aprobada ley que refiere la prohibición de las peleas de animales de cualquier especie.

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    Los votos en contra incluyeron argumentos sobre que el dictamen es contradictorio e impreciso o “hecho con las patas”, en el sentido de que se prohíben los eventos donde haya derramamiento de sangre “clandestinos o autorizados” y que las peleas de gallos incluyen este tipo de violencia animal, además, de que no se tuvo la capacidad para dialogar con los sectores involucrados.

    El decreto discutido, votado y finalmente aprobado, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán, indica que “queda estrictamente prohibida la realización, promoción, organización o participación en espectáculos públicos o privados, en los que se cauce derramamiento de sangre, sufrimiento físico, muerte de animales como parte del entretenimiento o atracción principal”.

    La disposición incluye peleas de animales de cualquier especie, ya sean clandestinas o autorizadas; eventos taurinos, como corridas de toros, novilladas, en cierros y demás, prácticamente similares, así como los espectáculos o eventos en los que se utilicen animales con fines de entretenimiento que impliquen maltrato físico, heridas, mutilaciones o cualquier forma de sufrimiento innecesario.

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    Respecto a las sanciones, establecidas en las disposiciones de la reciente ley aprobada, se especifican multas Multas económicas de 4 mil Unidades de Medida y Actualización; clausura temporal o definitiva del lugar donde se lleve a cabo el evento; inhabilitación de permisos y licencia para los organizadores o responsables del espectáculo.

    Asimismo, se indica que en caso de reincidencia, las sanciones se incrementarán hasta el doble de la pena inicial.

    Congreso de Michoacáncorridas de torosdecretopeleas de gallos

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