En puerta, la fecha límite para que patrones hagan el pago de utilidades

La STPS también dio a conocer que recientemente se hizo una modificación a la Ley Federal del Trabajo sobre esta prestación, por lo que para este año las personas tendrán derecho al 10 por ciento sobre la renta gravable

Maricruz Rios / La Voz de Michoacán

Morelia, Michoacán. La fecha límite para el pago de utilidades es este próximo 30 de mayo, recordó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que al mismo tiempo invitó a los empleados que no reciban el monto correspondiente al finalizar el mes a que acudan a las instancias necesarias para levantar una queja.

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Detalló la dependencia federal que esta fecha límite del 30 de mayo es para todos los trabajadores dentro de la nómina de una empresa; para aquellos que dependen directamente de un patrón, la fecha límite es todavía hasta el próximo 29 de junio.

De acuerdo a la legislación mexicano, el reparto de utilidades está definido como un derecho constitucional que tienen todos los trabajadores (formales), mediante el cual reciben una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por su actividad productiva, servicios y ventas. Es una manera de compensar anualmente la colaboración de la base trabajadora, vital para las ganancias y el éxito de las diversas unidades económicas en el país.

Es de recordar que el reparto de utilidades no aplica para trabajadores que no cuenten con una relación de subordinada de trabajo, como lo son los “freelancers” o todos los que prestan servicios profesionales mediante honorarios. Tampoco los perciben altos mandos empresariales como directores, administradores o gerentes generales.

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También quedan exentas de pago de utilidades las empresas con menos de un año de creación ni están obligadas a pagar por contratos eventuales o a empleados con menos de 60 días laborados.

Al respecto, la STPS también dio a conocer que recientemente se hizo una modificación a la Ley Federal del Trabajo sobre esta prestación, por lo que para este año las personas tendrán derecho al 10 por ciento sobre la renta gravable, tal como fue publicado en la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación. Al mismo tiempo, esta percepción laboral no podrá ser superior a 90 días de trabajo, bajo la nueva normativa.

Si bien es cierto que muchas empresas se encuentran todavía en una fase de recuperación económica tras la crisis por la pandemia de COVID-19, la STPS indica que los trabajadores que no reciban su pago bajo cualquier argumentación pueden requerir una inspección de esta dependencia para definir si existen motivos válidos para ello o se trata de una argucia.

Las empresas que no cumplan con el pago de utilidades se hacen acreedoras a una sanción administrativa que fácilmente puede alcanzar el medio millón de pesos.