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    Michoacán | 26 Nov, 2020, 23:24

    Por agresiones y abusos contra choferes de Uber, CEDH pide a Cocotra que se investigue y ésta ignora

    Los agravios fueron contra choferes de Uber y las denuncias han sido rechazadas por la Secretaría de Contraloría Estatal

    Arturo Molina / La Voz de Michoacán

    Morelia, Michoacán. Sin atender violaciones a los derechos humanos por parte de inspectores de la Comisión Coordinadora del Transporte (COCOTRA) en la entidad, en agravio de choferes de UBER. Las recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), fueron ignorados por las autoridades estatales.

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    En concreto, fueron las quejas con el número de expediente 036/2020 y 037/2020 por violación al derecho a la legalidad, consistente en omitir, fundar y motivar el acto de autoridad, actos que señala la CEDH, recae en la responsabilidad de estos actos a las autoridades involucradas de la COCOTRA.

    En el primero de los casos en donde se acreditó la agresión a los choferes de Uber en la entidad, se describió en la denuncia que el agraviado recibió una notificación para atender un servicio a través de la plataforma de Uber, al llegar al domicilio tres personas del sexo masculino abordaron la unidad; y a menos de cinco metros un automóvil le cerró el paso, las dos personas del asiento trasero lo sometieron mientras le quitaban su celular y las llaves del vehículo. Posteriormente un servidor público de la Cocotra lo infraccionó y una grúa de la empresa Zacapu-Monarca se llevó el auto a un corralón privado.

    En un caso similar una persona del sexo femenino presentó queja ante la CEDH luego de que al responder a un servicio le fue cerrado el paso por unas 20 personas del sexo masculino que no portaban ni uniforme ni identificación y que se presentaron como elementos de la COCOTRA. En el acto le entregaron una infracción, con el argumento de que estaba prohibido el uso de su vehículo para el traslado de personas; amenazando con que la volverían a detener y a infraccionar si continuaba prestando el servicio.

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    Con base al panorama anterior, la CEDH señaló; “En ambos casos se acreditó violaciones a los derechos humanos de los agraviados por lo que emitió las recomendaciones 036/2020 y 037/2020 dirigidas a la COCOTRA, en las que solicitó dar vista a la Secretaría de la Contraloría para iniciar el procedimiento de investigación respectivo, entre otros puntos; las cuales fueron rechazadas por esa dependencia”.

    A pesar de que solo son dos quejas las que han sido ignoradas por la COCOTRA en los últimos meses, durante los últimos 3 años, el mecanismo antes señalado ha sido replicado en cientos de ocasiones por transportistas e inspectores de COCOTRA en la entidad.

    Desde octubre del 2017 y el primer día de la llegada de la transnacional a la capital michoacana, taxistas en su mayoría iniciaron los “operativos”, de los cuales solicitan un servicio de la plataforma y al llegar los choferes son sometidos por la fuerza y obligados a bajar de sus unidades. De manera inmediata arriban los inspectores de la COCOTRA para infracciones y ordenar el arrastre de la unidad a los corralones particulares de Morelia.

    Lo anterior incluso fue documentado por La Voz de Michoacán en más de una ocasión desde el inicio del conflicto. Asimismo, los operadores y víctimas de los operativos punitivos han denunciado constantemente a este medio de comunicación la arbitrariedad y violencia con la que son sometidos por los transportistas locales y las autoridades de la COCOTRA.

    Incluso, en septiembre de este año se definió que el incremento de multas a UBER y plataformas digitales de rideshiring que implementó el Gobierno del Estado de Michoacán a través del reglamento de tránsito estatal son inconstitucionales e inconvencionales. El cobro fue catalogado como excesivo por considerar oneroso una multa de hasta 50 mil pesos para cualquier ciudadano. 

    El Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa del Poder Judicial de la Federación, con sede en Morelia, definió que la fracción XVIII del reglamento de tránsito contenido en la Ley General de Movilidad de Michoacán, en dónde se fijan multas de hasta 50 mil pesos a quienes prestan el servicio de plataformas como en el caso de UBER y otras empresas, es improcedente.

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