Poder Judicial justifica reducción de condena a Diego por feminicidio de Jessica; “pena máxima no está justificada”

El Poder Judicial de Michoacán señaló que la sala de apelación “no encontró pruebas específicas y objetivas que justificaran” elevar a 50 años la pena que recibió Diego por el feminicidio de Jessica.

Foto: La Voz de Michoacán

Redacción / La Voz de Michoacán

Morelia, Michoacán. Luego de que un magistrado del ramo penal del Supremo Tribunal de Justicia de Michoacán redujera en 7 años la condena de 50 años de prisión que recibió Diego U. por el feminicidio de Jessica González, el Poder Judicial defendió el actuar del magistrado y argumentó que la “pena máxima impuesta no está adecuadamente justificada en el expediente”.

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Tras concluir la audiencia de alegatos aclaratorios sobre agravios expresados solicitada por la defensa de Diego, sentenciado por el feminicidio de Jessica, ocurrido en 2020, y después de revisar la sentencia condenatoria emitida por el juez de primeria instancia, el magistrado resolvió que la mayoría de los argumentos presentados tanto por el acusado como por su defensa son infundados, por lo que confirmó la sentencia condenatoria.

Además, la sentencia de segunda instancia señala que el juez de oralidad penal concluyó que la culpabilidad de Diego U.M.M. en el feminicidio está más allá de toda duda razonable; no obstante, se considera que la pena máxima impuesta no está adecuadamente justificada en el expediente.

Refiere que la ley, en los artículos 65 del Código Penal del Estado y 410 del Código Nacional de Procedimientos Penales, establece los factores que deben tenerse en cuenta para imponer sanciones; por otra parte, precisa que la aplicación del derecho también debe considerar las jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que interpretan las leyes, así como la observancia de los tratados internacionales.

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En este caso específico, la resolución confirma que no hay duda sobre la gravedad del delito ni sobre la crueldad con la que se cometió, lo que justifica que sea considerado un feminicidio; sin embargo, todos los códigos penales establecen penas mínimas y máximas para los delitos, y la pena mínima ya refleja la gravedad de las conductas.

Por ejemplo, en el Código Penal de Michoacán, vigente en ese momento, la pena mínima para el feminicidio era de 20 años de prisión y partiendo siempre del principio de que una persona culpable merece al menos la pena mínima, en el caso de Diego U.M.M. esto significa que la pena mínima que podía recibir era de 20 años de prisión.

En la sentencia se especifica que para aumentar esa pena mínima, se requiere la comprobación de circunstancias adicionales y distintas a las que ya se consideraron en el delito y que si bien el juez de primera instancia determinó que el grado de culpabilidad de Diego U.M.M era el máximo, la sala de apelación no encontró pruebas específicas y objetivas que justificaran elevar ese grado de culpabilidad.

Tras el análisis de todas las pruebas y argumentos, a consideración del magistrado penalista, la defensa sí argumentó que el grado de culpabilidad de Diego U.M.M. está equidistante entre el mínimo y el máximo -aunque no mínimo, como solicitó la propia defensa-; y como resultado, la pena proporcional especificada en la sentencia es de 42 años y 6 meses de prisión.

En resumen, el tribunal revisor encontró que se comprobaron de manera objetiva las siguientes circunstancias: a) la superioridad física y anatómica del agresor sobre la víctima; b) la relación sentimental entre el acusado y la víctima; y c) la perspectiva de género.

El Poder Judicial de Michoacán señaló que la sentencia también indica que se debe recordar que todo juzgador debe ser imparcial y considerar el marco normativo nacional e internacional al imponer una pena y que además, se debe garantizar que el sentenciado, en este caso, Diego U.M.M, tenga la oportunidad de reeducarse y reintegrarse a la sociedad, dado que es joven y cometió el delito cuando tenía 18 años.

Este día, tanto el gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, y el fiscal general del estado, Adrián López Solís, se manifestaron en contra de la disminución de la condena de Diego Urik.

El mandatario estatal pidió revisar el actuar del magistrado que restó de 50 a 43 años la sentencia del feminicida, pues consideró que este hecho es una ofensa para la familia de la víctima y un agravio al movimiento por la defensa de los derechos de las mujeres.

Por su parte, el fiscal señaló que “una sentencia máxima es ejemplar y como pena ejemplar también inhibe la comisión de este tipo de delitos que son repudiados por la sociedad, que igualmente deben ser sancionados por la justicia”.

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