Prepara el INE una lista de lo que AMLO no podrá decir en "la mañanera" al arrancar campañas electorales

Los consejeros no pueden determinar qué sí puede decir el presidente, pues se violaría su libertad de expresión, pero sí pueden establecer qué expresiones incurrirían en una violación

Redacción / La Voz de Michoacán

Ciudad de México. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) votará mañana la lista de declaraciones que el presidente Andrés Manuel López Obrador no puede realizar en sus conferencias de prensa durante el proceso electoral, por tratarse de expresiones que podrían incurrir en delitos electorales y generan inequidad en la contienda.

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Los consejeros tuvieron una reunión en donde debatieron la orden del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que el Consejo General se pronuncie sobre la tutela inhibitoria que la Comisión de Quejas y Denuncias interpuso al Presidente de la República, por sus constantes comentarios sobre los partidos de oposición.

En la reunión analizaron que no pueden determinar qué sí puede decir el Presidente, pues se entrometerían en su libertad de expresión, pero con base a las leyes que regulan el proceso electoral sí pueden establecer cuáles son las expresiones que incurrirían en una violación.

Hablar sobre los resultados que implicaría la votación de los ciudadanos en las urnas como regresar o no al antiguo régimen o criticar la alianza de la oposición mientras se abstiene de opinar de las coaliciones que conforma el partido en el que participa, serían dos de los ejemplos más claros de los comentarios que el Presidente ha realizado y podrían generar inequidad en la contienda.

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Hasta este momento, el Consejo General no tiene un acuerdo fijo, pues en la reunión de ayer, seis estaban a favor de las medidas cautelares en contra del Presidente y cinco coincidían con algunos aspectos y otros no, por lo que mañana se presentará un proyecto final con el que esperan lograr un consenso.

El Tribunal Electoral consideró que una tutela inhibitoria era un concepto novedoso, por lo que solicitó que fuera el Consejo General el que se pronunciara.

Antes, los consejeros habían aplicado tutelas preventivas que la Sala Superior revocó.

La diferencia entre una y otra es que la tutela preventiva se refiere a un daño del que ya se tiene evidencia y se corre el riesgo de repetición, por lo que detiene, pero los magistrados determinaron que no existía evidencia de repetición, por lo que la decisión del INE se basaba en un futuro incierto.

En esta ocasión, la tutela inhibitoria se centra en la existencia de una probabilidad de que se llegue a cometer un ilícito, y se aplica la medida para evitar que éste se concrete o se repita.

Esta decisión, que mañana tomará el INE, no está relacionada con la suspensión de la transmisión ininterrumpida de las conferencias diarias de López Obrador, pues se trata de casos distintos.

La sesión de mañana se centrará en los dichos del Presidente y aquellas expresiones que no puede repetir en sus conferencias por tener el deber de ser imparcial y no interferir en el proceso electoral, generando inequidad a favor o en contra de fuerzas políticas o candidatos.